Política de Seguridad Vehicular


Los siguientes puntos alcanzan a todas las personas que conduzcan vehículos alquilados o de la compañía (incluyendo familiares directos de empleados con vehículos asignados) y a todo empleado que conduzca su propio vehículo en ocasión del trabajo.

1- El Cinturón de Seguridad deberá de ser utilizado por el conductor y todos los pasajeros del vehículo en todo momento.

2- Está prohibido utilizar celulares, aún con el sistema de manos libres, mientras se conduce.

3- No se debe conducir a mas de 120 Km./h. Teniendo en cuenta ello planificar el trabajo diario y organizar reuniones en forma tal que permita emprender la vuelta con luz de día para aquellos conductores que no residan en el lugar de la reunión.

4- Circular siempre con las luces bajas encendidas.

5- Si ha bebido alcohol, no conduzca.

6- No esta permitido realizar viajes de noche mayores a 200 Km. No iniciar un viaje en caso de lluvia intensa o niebla.

7- No conducir con la licencia de conducir vencida.

8- Todo Incidente ó accidente debe ser informado. No se debe abandonar el lugar del hecho luego de un accidente. De ser posible solicitar nombre, apellido y teléfono de contacto de las otras personas involucradas, Cia de seguro y número de póliza, si hubo otros vehículos involucrados.

9- Para conducir un vehículo de la compañía todo empleado deberá haber realizado mínimamente el auto curso BTW 1 y el entrenamiento práctico de Manejo Seguro (esto es opcional para familiares) el cual posee una validez mínima de 3 años para conductores de vehículos livianos y de un año para vehículos pesados.

10- Si un empleado comete más de una falta grave (pasar con luz roja, multa o incidente bajo los efectos del alcohol, etc.) en un período de 3 años, será considerado un conductor de riesgo y deberá cumplir obligatoriamente con un plan de intervención que comprende enseñanza, capacitación práctica en el vehículo, viaje bajo supervisión, etc.

11- Otros documentos relacionados: Política de automóviles y Procedimiento de implementación de la Política de Seguridad Vehicular.

12- El transporte de sustancias peligrosas o líquidos inflamables debe ser realizado en vehículos habilitados para tal fin.

13- Solamente pueden remolcar o llevar trailer los vehículos equipados de fábrica a tal efecto ó instalados en un taller especializado.

14- Está prohibido dedicar al vehículo a un destino diferente al uso habitual para el que es provisto y que figura declarado en las correspondientes pólizas de seguros.

15- Está prohibida toda alteración del vehículo original de fábrica que no esté específicamente aprobada por la política de seguridad vehicular.

16- Está prohibido el uso de Detectores de radar u otras instalaciones o métodos para evitar o neutralizar las instalaciones y dispositivos de control de tránsito.

17- No se deben utilizar vehículos motorizados de dos o tres ruedas en ocasión del trabajo.

18- Actos de buen samaritano: Tratar de limitarse a requerir ayuda de terceros.

19- No dar transporte a mochileros o cualquier persona desconocida que lo solicite en la ruta.

20- Los vehículos pueden ser polarizados de acuerdo a lo exigido por las leyes de tránsito.

21- Es responsabilidad del empleado que posee asignado el vehículo realizar el mantenimiento del mismo.

22- Los Microbuses pueden ser utilizados para el transporte de personal. Las personas que conducen estos vehículos deberán poseer la licencia de conducir adecuada.

23- Vehículos Pesados: los requisitos de la CNRT y la DNV deben estar implementados y cumplidos.